En Chile, el consumo de tabaco provoca más de 19 mil muertes al año, lo que equivale a 52 fallecimientos por día y se asocia a más de 60 mil casos de enfermedad pulmonar obstructiva crónica. Por esta razón en el Día Mundial Sin Fumar, la Seremi de Salud Atacama, Jéssica Rojas Gahona, hizo un llamado a la comunidad a dejar el tabaquismo y a los niños, niñas y jóvenes a no adquirir este mal hábito.
“Como Seremi de Salud, nos sumamos al llamado de la Organización Mundial de la Salud en este Día Mundial Sin Tabaco, bajo el lema ‘Desenmascaremos su atractivo’, para evidenciar las tácticas engañosas que utiliza la industria del tabaco y del vapeo con el fin de atraer especialmente a niñas, niños y adolescentes” indicó la Seremi Jéssica Rojas.
Respecto al tabaquismo en la región, la Seremi precisó que ha bajado de acuerdo a datos estimados por Senda: “En Atacama, si bien la prevalencia ha disminuido del 29,3% en 2002 al 13,4% en 2020, preocupa el aumento del consumo en mujeres, que supera al de los hombres desde 2016. Desde nuestro Ministerio de Salud, nuestro compromiso es seguir fortaleciendo la fiscalización y promoviendo políticas públicas que prevengan el inicio del consumo, visibilicen los riesgos de estos productos y fomenten entornos más sanos y seguros para toda la población”.
REGULACIÓN DE VAPERS
A partir del 20 de mayo, entraron en vigencia las nuevas advertencias sanitarias para productos de tabaco y vapeo, como parte de las modificaciones de la ley, con el fin de proteger mejor a nuestra población, especialmente a los más jóvenes. En el caso de los cigarrillos electrónicos llamados SEAN (sistema electrónico de administración de nicotina) ó SESN (sistema electrónico de dispensación sin nicotina) conocidos popularmente como vapers, se regula su comercialización y uso, incluyendo sus accesorios como líquidos de vapeo con y sin nicotina.
Los principales alcances de la nueva ley sobre vapeadores (SEAN, SESN) son:
- Prohibición de venta a menores de 18 años, así como en un radio de 100 metros de establecimientos educacionales de educacionales de enseñanza básica y media, y en establecimientos de salud, públicos o privados.
- Restricciones a la publicidad directa e indirecta: Se establecen restricciones y limitaciones a la publicidad de los SEAN, SESN, (vapers) accesorios y líquidos de vapeo con y sin nicotina.
- Advertencia sanitaria: Se establece la obligación de incluir advertencias sanitarias en los envases, accesorios y líquidos de vapeo con y sin nicotina. Además, se exige que estos productos indiquen sus componentes y aditivos.
- Educación y prevención: Se incorpora a los planes y programas educativos de la Educación General Básica y Educación General Media contenido educativo sobre los daños y riesgos asociados al uso de SEAN y SESN.
- Protección ante mensajes engañosos sobre características de los productos: No podrá inducirse a niños, niñas y adolescentes al consumo de productos de tabaco, SEAN y SESN (vapers) ni valerse de medios que se aprovechen de su credulidad.
- Deber de informar a MINSAL: Fabricantes o importadores de SEAN, SESN y líquidos de vapeo con y sin nicotina deberán informar a Minsal los constituyentes y aditivos que se incorporan en los productos y no podrán comercializarse aquellos productos que no hayan sido previamente informados.
- Prohibición de consumo en espacios públicos: Se extiende la prohibición de fumar o inhalar productos de tabaco a los productos de vapeo en todos los lugares donde ya se encuentra prohibido el consumo de tabaco, incluyendo: espacios cerrados de acceso público o de uso comercial colectivo; establecimientos de educación parvularia, básica y media; transporte público o colectivo; playas de mar, río o lagos, entre otros.
- Señaléticas: En lugares de acceso público se deberán exhibir advertencias visibles y comprensibles que indiquen la prohibición de fumar o inhalar productos de tabaco o SEAN y SESN (vapers).
- Información, envases seguros y concentración de nicotina: Empaques y envases de SEAN, SESN y líquidos de vapeo deberán incluir información sobre ingredientes, no podrán sugerir que el producto es menos nocivo que otros, o que tienen efectos vitalizantes, energéticos, curativos, rejuvenecedores, naturales, ecológicos y otros positivos sobre la salud o el estilo de vida; deberán ser seguros y resistentes a la manipulación de menores de 18 años; los líquidos de vapeo con nicotina no deberán superar el límite establecido por la ley (45 mg/ml de nicotina).